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CONDICIONES DE VENTA |
ATRÁS |
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ART. 1 - Ámbito de aplicación
Las siguientes condiciones generales se aplican a los bienes y servicios proveídos a cualquier título por nuestra sociedad.
ART. 2 - Compatibilidad electromagnética y seguridad
Nuestra sociedad certifica que los bienes proveídos respetan las normas en materia de compatibilidad electromagnética y de seguridad; las eventuales declaraciones obligatorias están detalladas en las placas o en las etiquetas puestas en los productos, y también en la documentación técnica anexa o disponible en nuestra sede. Los destinatarios de la provisión se obligan a utlilizar o comercializar los bienes proveídos asegurando la integridad, la plenitud y la efectiva fruición de estas informaciones.
ART. 3 - Garantías
Los bienes y servicios proveídos se entienden asistidos por garantía de parte de nuestra sociedad durante un período de 12 meses, el cual se calcula desde la fecha de construcción del producto o del completamiento de la actividad necesaria para proveer los servicios. La garantía se entiende exclusivamente limitada al normal funcionamiento del producto proveído y al resultato del servicio prestado. El restablecimiento en el estado de funcionalidad normal del producto proveído se hará en nuestra sede.
Nuestra sociedad no se hace responsabile por el funcionamiento de productos proveídos en condiciones ambientales o en presencia de condiciones técnicas disconformes de nuestras prescripciones y normalmente presentes en la documentación técnica. Nuestra responsabilidad está expresamente excluida para daños directos o indirectos, o que, de cualquier modo, sean consecuencia de un funcionamiento irregular.
El comprador decae de la garantía al no cumplir con el pago del precio.
La garantía no se aplica en los casos siguientes:
- violación de la etiqueta que indica el número de matrícula del aparato
- Avería o ruptura causadas por el transporte
- Avería o ruptura causada por vandalismos, catástrofes naturales o de origen dolosa
- Errónea o no correcta instalación del producto
- Inadecuación o anomalía de las instalaciones eléctricas
- Descuido, negligencia o incompetencia en el uso del producto
- Falta de cumplimiento con las instrucciones de funcionamiento
- Intervenciones debido a vicios supuestos o a comprobaciones ventajosas
- Intervención no autorizada en el producto.
Las intervenciones o las manipulaciones efectuadas en los bienes proveídos de parte de personas que no estén autorizadas por nuestra sociedad implican la caducidad inmediata de la garantía.
Declaramos que hemos considerado atentamente, a lo sumo de los conocimientos y de las prácticas de construcción, el problema de la inviolabilidad de los bienes proveídos de parte de sujetos que con dolo entiendan alterar el funcionamiento. Sin embargo, nuestra sociedad no se hace responsable para conductas ilícitas o daños originados por el uso fraudolento de los bienes proveídos.
ART. 4 - Entregas
Los bienes proveídos se entienden entregados al momento y en el lugar de la entrega al expedidor o al transportista; nuestra sociedad no se hace responsable por robos totales o parciales, daños o retrasos relacionados al transporte. El destinatario tiene la obligación de anotar escrupulosamente en el documento de transporte, al momento de la entrega, eventuales vicios inmediatamente averiguable de los bienes proveídos. El rechazo da parte del comprador de aceptar o retirar toda o parte de la mercancía pedida no suspende la obligación del pago.
ART. 5 – Dominio reservado
Los bienes proveídos se entienden expresamente de propriedad de nuestra sociedad hasta el efectivo e integral pago del precio convenido.
ART. 6 - Devoluciones
Las entregas de bienes defectuosos o para el cumplimiento de operaciones de asistencia técnica deberán ser autorizadas expresamente por nuestra sociedad, la cual se reserva, entonces, de rechazar la devolución o de indicar una destinación de entrega diferente de nuestra sede. Nuestra sociedad se hace responsable de los bienes devueltos sólo al momento de la efectiva entrega a la dirección indicada.
ART. 7 - Ley aplicabile; foro
Las provisiones disciplinadas por las antedichas condiciones generales están reglamentadas por la ley italiana.
Por cualquier controversia será exclusivamente competente el foro de Milán.
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